Prevención contra delitos, fraude y blanqueo de capitales
De conformidad con los nuevos deberes impuestos a las personas jurídicas por el Código Penal tras su modificación por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, Fundación Iberdrola España debe implementar medidas eficaces para la prevención y control de posibles situaciones irregulares o de fraude en el ámbito de sus actuaciones.
Nuestra Política para la prevención de delitos y contra el fraude [PDF] tiene la finalidad de manifestar a todos los profesionales de la Fundación, así como a los terceros que se relacionen con esta, un mensaje rotundo de que nos oponemos a la comisión de cualquier acto ilícito, penal o de cualquier otra índole, y de que estamos dispuestos a combatirla y a prevenir un eventual deterioro de nuestra imagen y valor reputacional.
Esta Política, aprobada por el Patronato el 15 de junio de 2015, constituye nuestro compromiso de permanente vigilancia y sanción de los actos y conductas fraudulentos, de mantenimiento de mecanismos efectivos de comunicación y concienciación de todos los profesionales y de desarrollo de una cultura de ética y honestidad.
Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
En Fundación Iberdrola España también disponemos de una Norma para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo [PDF] , teniendo en cuenta las mejores prácticas en prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo para las Fundaciones, incluyendo lo establecido en la Ley 10/2010, de 28 de abril.